¡Cámbiate a nuestro Seguro de Desgravamen!
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¿Cómo funciona?
Imagina que tienes un crédito de consumo
Y te quedan por pagar
$18.933.000 en 60 meses
El Seguro de Desgravamen asociado a esa deuda es de:
$860.000
aproximadamente.
Si cambias tu Seguro de Desgravamen en Onlife
Tendrías un precio de
$281.593
aproximadamente.
Por lo que podrías recuperar
$548.887*
*Ejemplo calculado para una persona de 45 años. Los valores son referenciales y el cálculo del precio depende del monto y plazo del crédito, así como también de tu género y edad.
¡Súmate! Ya son más de
Personas que han reemplazado su Seguro de Desgravamen
¿Qué necesitas para contratar?
El monto que te falta por pagar de tu crédito.
Saldo insoluto.
La cantidad de cuotas que te quedan por pagar.
El nombre de la Institución Financiera donde tienes contratado tu crédito.
La tasa de interés mensual de tu crédito.
El número de operación o contrato de tu crédito.
El valor de tu seguro actual para que puedas comparar.
¿Conoces las reglas?
- Puedes contratarlo si tienes entre 18 y 60 años en mujeres o 65 años para hombres.
- El monto o capital asegurado corresponderá al saldo insoluto del crédito en caso de tu fallecimiento, es decir, lo que queda por pagar del crédito.
- El máximo del saldo insoluto del crédito debe ser de UF 1.000.
- Se cubren créditos a los que les falte hasta 72 cuotas.
- El pago consiste en una sola cuota con pago en línea.
- Nuestro Seguro puede reemplazar al que tengas en su crédito vigente o contratarlo al momento de tomar un nuevo crédito (sin depender del seguro que le ofrezca la Institución Financiera).
- Suicidio o muerte producida a consecuencia de lesiones auto inferidas. (2)
- Pena de muerte.
- Participación en delitos como autor, cómplice o encubridor.
- Muerte por estado de ebriedad o bajo el efecto de las drogas.
- Guerra, invasión, actos enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
- Participación en actos terroristas.
- Actos temerarios.
- Actividades o deportes riesgosos.
- Fisión, fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Enfermedades y dolencias preexistentes.
Para más detalle revisar la póliza.
(1) La Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado al beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido dos años completos e ininterrumpidos desde la fecha de incorporación del Asegurado a este contrato de seguro.
(2) La Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado al beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido dos años completos e ininterrumpidos desde la fecha de incorporación del Asegurado a este contrato de seguro.
Seguro inscrito en la CMF bajo el código POL220131575.
¿Es legal?
Claro que sí. Conoce las normas o leyes en que está amparado nuestro Seguro de Desgravamen: